SOBRE LA ORDENANZA DEL MUNICIPIO NAGUANAGUA EN MATERIA DE PROTECCIÓN, DEFENSA, CONSERVACIÓN Y DIFUSIÓN DEL ARTE RUPESTRE

Sin duda, la región tacarigüense necesita marcos legales y ordenanzas específicas sobre arte rupestre. Las necesita porque sus sitios son frágiles, porque suelen hallarse en entornos abiertos o ambientalmente sensibles, porque su destrucción puede ocurrir en silencio, y porque el desconocimiento sigue siendo una de las formas más persistentes del deterioro. Pero también, necesita instrumentos que no se queden en la buena intención, sino que produzcan inventarios, protocolos de visita, zonas de amortiguamiento, medidas de emergencia, educación patrimonial permanente, monitoreo técnico, coordinación interinstitucional y presupuesto. Porque una ley sin política pública termina siendo una piedra más en el archivo.

Por eso, celebramos la ordenanza de Naguanagua. Sin embargo, esto no ataca la raíz del problema, que no es sólo jurídico sino político y ciudadano. Las leyes pueden ordenar, prohibir, sancionar y declarar; pero no sustituyen la voluntad de gobierno ni la responsabilidad social. Un petroglifo no se conserva porque un texto lo nombre, se conserva cuando hay vigilancia, formación, señalización adecuada, investigación autorizada, control de accesos, inversión pública, trabajo con comunidades y una cultura ciudadana que entienda que rayar, cepillar, mojar, pisar, mover o banalizar una roca grabada no es un gesto inocente, sino una agresión contra un bien irrepetible. La Constitución misma no descarga toda la tarea en el Estado, sino que habla de participación activa de la sociedad, de deberes ciudadanos y de protección del ambiente para las generaciones futuras. Sin esa corresponsabilidad, la ley se convierte en una promesa hueca.

La ordenanza de Naguanagua debe ser leída entonces con una doble mirada. Hay que reconocer su mérito: sí abre camino, sí visibiliza el problema, sí pone nombre local a una obligación pública que durante demasiado tiempo fue ignorada. Pero también, hay que exigirle más precisión jurídica, más articulación con el Instituto del Patrimonio Cultural, más coherencia con el rango nacional, más estructura administrativa, más capacidad de ejecución. Enjemplos internacionales demuestra que sí es posible avanzar hacia normas más robustas y hacia políticas más concretas. La pregunta, entonces, no es si Naguanagua ya cumplió con aprobar una ordenanza, sino si esa ordenanza será el comienzo de una política pública seria o quedará, como tantas veces en Venezuela, en el cómodo territorio de lo simbólico. Y con el arte rupestre, ya no estamos para simbolismos vacíos. Estamos para proteger lo que nos queda antes de que la desidia termine de borrarla.

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